Tu cuenta individual proteger el ahorro para tu retiro en tu Afore

Tu cuenta individual protege tu ahorro para el retiro

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¿Sabes qué es tu cuenta individual y cuáles son las ventajas de tener una? Las Afores son las empresas encargadas de administrar los ahorros para el retiro, y aunque los recursos provienen de las cuotas de seguridad social que pagamos todos (empleados, empresas y gobierno), como trabajador tienes derecho a una cuenta individual. Dicha cuenta está a tu nombre y es de tu propiedad, por lo cual todas las aportaciones que recibas o hagas para tu futuro –y los rendimientos que las mismas generen- serán exclusivamente tuyos y podrás disfrutarlos una vez que te retires.  

La reforma a la Ley del Seguro Social de 1997 trajo consigo cambios positivos en el ahorro para el retiro, y uno de ellos es que los fondos que se encuentran en tu cuenta individual de Afore son de tu propiedad todo el tiempo, por lo que en caso de una negativa de pensión, todos los recursos acumulados no los pierdes.

Por lo tanto, contar con una cuenta individual actualmente te asegura que el dinero que ahorres para el retiro estará disponible cuando lo necesites en tu futuro y sólo podrás utilizarlo tú o tus beneficiarios. A continuación, te presentamos las principales ventajas de contar con una cuenta individual en tu Afore.

Beneficios que te brinda tu cuenta individual Afore

  • El dinero acumulado en tu cuenta es tuyo. Este ahorro te servirá para que puedas tener una pensión cuando te retires. Incluso si dejas de trabajar, tu dinero seguirá invertido y generando rendimientos hasta que cumplas con los requisitos para poder gozar de él.
  • Información actualizada de tu cuenta individual. Tu Afore es la responsable de enviarte tres veces al año tu estado de cuenta, en el cual puedes conocer a detalle cuánto dinero tienes acumulado en cada una de tus subcuentas. Además, con Profuturo puedes revisar la información de tu cuenta individual a través de nuestras herramientas digitales: Sitio web y Profuturo web-Afore.  
  • En caso de fallecimiento tu dinero no se pierde. Tus beneficiarios legales tienen derecho a reclamar y  hacerse acreedores de tu ahorro en caso de que llegues a faltar. Además, puedes tener beneficiarios sustitutos, que son designados libremente por ti a falta de los legales. Es muy importante que asegures tu patrimonio; haz clic y conoce el proceso para designar a tus beneficiarios sustitutos.
  • Puedes hacer retiros parciales por: 
    • Retiro por matrimonio: Consiste en 30 días de salario mínimo que esté vigente al momento en el DF.
    • Retiro por desempleo: Tiene dos modalidades dependiendo de la antigüedad de tu cuenta individual. Puedes hacer uso de esta prestación una vez cada cinco años, pero ten presente que también se te descontarán semanas de cotización.
  • Tus aportaciones voluntarias pueden ser deducibles de impuestos. Solo toma en cuenta que si aprovechas este beneficio fiscal, hazlo con la intención de dejar tus ahorros hasta los 65 años, de lo contrario tendrás que pagar los impuestos que correspondan si dispones con anteriodidad de tus recursos.
  • No son embargables los recursos de tu cuenta individual. A excepción de los recursos que tengas en tu subcuenta de Ahorro Voluntario, el artículo 169 de la Ley de 1997 establece que los recursos son inembargables, esto con la intención de resguardar tu patrimonio y no exponerte al riesgo de pobreza en tu retiro.

Así que no olvides aprovechar todos los beneficios y derechos que tienes como trabajador a tu favor con tu cuenta individual, para así garantizarte una mejor calidad de vida cuando te retires.

Si tienes dudas o quieres saber más sobre el tema escríbenos tus comentarios en el blog, o ponte en contacto a través de nuestras redes sociales de Facebook y Twitter.

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Por: Carla Quintana

Consulta www.gob.mx/consar.                                                          

Los recursos de la Cuenta Individual son propiedad del Trabajador.

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