Si estás por casarte o acabas de hacerlo, puedes hacer un retiro anticipado en tu Cuenta Individual por matrimonio. Esta es una prestación que te otorgan el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tu Afore. Es tu derecho como trabajador y equivale a 30 días del salario mínimo vigente al momento de tu boda si fue contraído previo a 2017, a partir del 2017 equivale a 30 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Recuerda que, aunque no se te descuentan semanas de cotización, sólo puedes disponer de este retiro una vez en la vida. Para hacerlo, necesitas estar activo en el IMSS al momento de solicitarlo o dentro de los 90 días hábiles a partir de la fecha de tu baja 1.
Para realizar el trámite, necesitas contar con un mínimo de 150 semanas cotizadas (aproximadamente tres años) ante el IMSS al momento de contraer matrimonio, además de no haber obtenido antes este derecho.
Desde el 26 de noviembre de 2018, el proceso del trámite ya no requiere el certificado expedido por parte del IMSS. Los documentos que necesitas presentar en tu Afore son los siguientes:
- Identificación Oficial Vigente
- Cédula CURP
- Estado de cuenta bancario con CLABE Interbancaria (vigencia no mayor a 2 meses)
- Acta de Matrimonio (vigencia no mayor a 6 meses)
Puedes cobrar la ayuda a través de una Orden de Pago en Banamex y podrás hacerlo con una vigencia de 3 meses a partir de la fecha de emisión. Si no realizas el cobro en este lapso, tus recursos se reinvertirán en Aportaciones Voluntarias.
Ahora ya lo sabes, si necesitas tramitar esta ayuda, acércate a nosotros.
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Los recursos en tu Cuenta Individual son tuyos. Infórmate en www.gob.mx/consar/
1. Artículo 166 de la Ley del Seguro Social.
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