Reforma de pensiones: beneficios para trabajadores con nómina 107

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Como recordarás, al inicio de este año entró en vigor la reforma al sistema de pensiones y trajo consigo cambios importantes que te hemos explicado anteriormente en nuestro blog.

Esta reforma fue diseñada para tener un impacto positivo en el retiro de todos los mexicanos, incluidos los trabajadores que cotizan bajo el régimen de la ley IMSS de 1973 y los trabajadores de la ley IMSS de 1997.

Aquí te habíamos explicado los beneficios para los trabajadores que ya cuentan con plan de jubilación, quienes desde el 8 de marzo pueden disponer de las subcuentas de Retiro 97 y Vivienda 97, que son las que conforman tu Cuenta Individual.

Con la reforma también cambió el proceso de recuperación de recursos de la Cuenta Individual para trabajadores con tipo de nómina 107. Si no sabes qué es esto, aquí te lo explicamos.

¿Quiénes son los trabajadores con tipo de nómina 107?

  • Son los trabajadores que han prestado sus servicios al IMSS del 15 de octubre del 2005 hacia atrás.
  • Existen también trabajadores con tipo de nómina 108, quienes ingresaron al IMSS entre el 16 de octubre de 2005 y el 27 de junio de 2008; y los trabajadores con tipo de nómina 111, quienes ingresaron al IMSS del 28 de junio de 2008 en adelante. Para estos dos últimos no hubo ningún cambio y su proceso de recuperación de recursos de la Cuenta Individual seguirá siendo igual.

¿Qué cambió para los trabajadores con tipo de nómina 107?

El principal beneficio es que ahora los trabajadores del IMSS sujetos al Régimen de Jubilaciones y Pensiones podrán disponer de las subcuentas de Retiro 97 y Vivienda.

Antes:

  • Los trabajadores con tipo de nómina 107 debían tener 60 años cumplidos para poder disponer de sus recursos de Retiro 97 y Vivienda 97, o bien, podían demandar sus recursos en la Junta de Conciliación y Arbitraje para acceder a ellos antes de dicha edad y esperar la resolución de un juez.

Ahora

  • Ya no es necesario realizar la demanda para obtener los recursos de Retiro 97 y Vivienda 97 antes de los 60 años.
  • Estos recursos serán entregados al tramitar la Jubilación junto con los recursos de SAR 92-97 y Vivienda 92-97.
  • Es decir, si eres trabajador con nómina 107, para que te entreguen tus recursos solo será necesaria una sola visita a sucursal.

¿Cómo saber qué tipo de nómina tienes?

Es muy fácil saberlo. En la parte de deducciones de tu nómina, aparece un número de concepto que acompaña la descripción de la deducción. Puede ser 107 o 108 para Fondo de Jubilación o bien, 111 para Aportación Complementaria de Afore.

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Los recursos en tu Cuenta Individual son tuyos.  Infórmate en: www.gob.mx/consar.

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