Trayectoria de Inversión
La disposición Décima de las Disposiciones de carácter general que establece el régimen de inversión, señala lo siguiente: “Para cada trimestre, durante todo el periodo de existencia de las Sociedades de Inversión, se deberá definir para cada Sociedad de Inversión una Trayectoria de Inversión acorde al perfil de edad de los trabajadores y la Estrategia de Inversión de largo plazo; mismo que deberá especificar la clase de Activos Objeto de Inversión, de divisas, liquidez, reglas de rebalanceo, gobernanza y políticas para el Error de Seguimiento de la cartera de inversión respecto de dicha trayectoria, y la información que será revelada al público, así como dar cumplimiento a las demás obligaciones que se establezcan en las Disposiciones de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro emitidas por la Comisión.”
Cada Sociedad de Inversión Básica, contará con un nivel dentro de la Trayectoria de Inversión. La determinación de la Trayectoria de Inversión, así como los límites que se adopten, se hará de acuerdo con la naturaleza de cada fondo considerando el horizonte de inversión y composición por clase de activos más adecuados para invertir la cartera, la vigilancia y seguimiento se hará de manera independiente.
Gobierno de la Trayectoria de Inversión
La Trayectoria de Inversión deberá ser aprobada por el Comité de Inversión con el visto bueno de la mayoría de los consejeros independientes. La ratificación o modificación de la Trayectoria de Inversión se presentará de forma anual para su aprobación, a los Comités de Inversión y de Riesgos Financieros.
La Trayectoria de Inversión, así como los límites máximos de desviación permitidos serán definidos por activo y en nivel de tracking error.
Rebalanceo de la Trayectoria de Inversión
La revisión y rebalanceo de la Trayectoria de Inversión se hará cuando menos con una frecuencia anual y cuando ocurra alguna de las siguientes: las condiciones de mercado se consideren anormales, existan cambios a la regulación y/o régimen de inversión o cambios al prospecto de inversión de la SIEFORE correspondiente.
Clases de Activos
Los Activos Objeto de Inversión considerados son los siguientes:
- Renta Fija
- Renta Fija Gubernamental
- Renta Fija Privada
- Renta Variable Nacional
- Renta Variable Internacional
- Estructurados
- Divisas
- Instrumentos bursatilizados
- Estructuras Vinculadas a Subyacentes
- Operaciones de Liquidez
Divisas
Las divisas consideradas son las siguientes:
- Pesos (MXN)
- Dólar americano (USD)
- Franco Suizo (CHF)
- Yen japonés (JPY)
- Euro (EUR)
- Libra esterlina (GBP)
- Dólar australiano (AUD)
- Dólar canadiense (CAD)
- Y cualquier otra divisa elegible para inversión en los términos de la legislación aplicable.
Clasificación de la liquidez de los instrumentos
La conformación del portafolio de referencia se clasificará de conformidad con métricas específicas de liquidación aprobadas por el Comité de Inversión. Considerando tres escalas cualitativas de referencia:
- Liquidez Alta
- Liquidez Media
- Liquidez Baja
Metodología para determinar Tracking Error
Para el cálculo del Tracking Error, la Administradora realizará el cálculo de acuerdo con la metodología aprobada por el Comité de Análisis de Riesgos (CAR).
Sea dRi = RiS - RiprS la diferencia del rendimiento del portafolio y del portafolio de referencia.
- dR: Promedio de la diferencia de rendimientos.
- RiS : Rendimiento Y/Y de la Siefore en el día i.
- RiprS : Rendimiento Y/Y del portafolio de referencia de Siefore en el día i.
TE = √
n
∑
i=1
( dRi - dR )2
/
n - 1
Atribución del Rendimiento y la Atribución del riesgo
La Administradora contempla dentro de su Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración del Riesgo Financiero la metodología para calcular la atribución del rendimiento y la atribución del riesgo del portafolio de referencia de la Sociedad de Inversión contra el portafolio de referencia.
Gráfica de la Trayectoria de Inversión
Se detalla una gráfica de los porcentajes de inversión de la Trayectoria de Inversión por edad.
- Sociedad de Inversíon Básica de Pensiones (SBP)
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- Sociedad de Inversíon Básica de Pensiones 55 - 59
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- Sociedad de Inversíon Básica de Pensiones 60 - 64
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- Sociedad de Inversíon Básica de Pensiones 65 - 69
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- Sociedad de Inversíon Básica de Pensiones 70 - 74
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- Sociedad de Inversíon Básica de Pensiones 75 - 80
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- Sociedad de Inversíon Básica de Pensiones 80 – 84
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- Sociedad de Inversíon Básica de Pensiones 85 - 90
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- Sociedad de Inversíon Básica de Pensiones 90 - 94
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- Sociedad de Inversíon Básica Inicial
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- Sociedad de Inversíon Adicional de Corto Plazo
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- Sociedad de Inversíon Adicional de Largo Plazo
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