¿Sabes qué es tu cuenta individual y cuáles son las ventajas de tener una? Las Afores son las empresas encargadas de administrar los ahorros para el retiro, y aunque los recursos provienen de las cuotas de seguridad social que pagamos todos (empleados, empresas y gobierno), como trabajador tienes derecho a una cuenta individual. Dicha cuenta está a tu nombre y es de tu propiedad, por lo cual todas las aportaciones que recibas o hagas para tu futuro –y los rendimientos que las mismas generen- serán exclusivamente tuyos y podrás disfrutarlos una vez que te retires.
La reforma a la Ley del Seguro Social de 1997 trajo consigo cambios positivos en el ahorro para el retiro, y uno de ellos es que los fondos que se encuentran en tu cuenta individual de Afore son de tu propiedad todo el tiempo, por lo que en caso de una negativa de pensión, todos los recursos acumulados no los pierdes.
Por lo tanto, contar con una cuenta individual actualmente te asegura que el dinero que ahorres para el retiro estará disponible cuando lo necesites en tu futuro y sólo podrás utilizarlo tú o tus beneficiarios. A continuación, te presentamos las principales ventajas de contar con una cuenta individual en tu Afore.
Beneficios que te brinda tu cuenta individual Afore
- El dinero acumulado en tu cuenta es tuyo. Este ahorro te servirá para que puedas tener una pensión cuando te retires. Incluso si dejas de trabajar, tu dinero seguirá invertido y generando rendimientos hasta que cumplas con los requisitos para poder gozar de él.
- Información actualizada de tu cuenta individual. Tu Afore es la responsable de enviarte tres veces al año tu estado de cuenta, en el cual puedes conocer a detalle cuánto dinero tienes acumulado en cada una de tus subcuentas. Además, con Profuturo puedes revisar la información de tu cuenta individual a través de nuestras herramientas digitales: Sitio web y Profuturo web-Afore.
- En caso de fallecimiento tu dinero no se pierde. Tus beneficiarios legales tienen derecho a reclamar y hacerse acreedores de tu ahorro en caso de que llegues a faltar. Además, puedes tener beneficiarios sustitutos, que son designados libremente por ti a falta de los legales. Es muy importante que asegures tu patrimonio; haz clic y conoce el proceso para designar a tus beneficiarios sustitutos.
- Puedes hacer retiros parciales por:
- Retiro por matrimonio: Consiste en 30 días de salario mínimo que esté vigente al momento en el DF.
- Retiro por desempleo: Tiene dos modalidades dependiendo de la antigüedad de tu cuenta individual. Puedes hacer uso de esta prestación una vez cada cinco años, pero ten presente que también se te descontarán semanas de cotización.
- Tus aportaciones voluntarias pueden ser deducibles de impuestos. Solo toma en cuenta que si aprovechas este beneficio fiscal, hazlo con la intención de dejar tus ahorros hasta los 65 años, de lo contrario tendrás que pagar los impuestos que correspondan si dispones con anteriodidad de tus recursos.
- No son embargables los recursos de tu cuenta individual. A excepción de los recursos que tengas en tu subcuenta de Ahorro Voluntario, el artículo 169 de la Ley de 1997 establece que los recursos son inembargables, esto con la intención de resguardar tu patrimonio y no exponerte al riesgo de pobreza en tu retiro.
Así que no olvides aprovechar todos los beneficios y derechos que tienes como trabajador a tu favor con tu cuenta individual, para así garantizarte una mejor calidad de vida cuando te retires.
Si tienes dudas o quieres saber más sobre el tema escríbenos tus comentarios en el blog, o ponte en contacto a través de nuestras redes sociales de Facebook y Twitter.
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Por: Carla Quintana
Consulta www.gob.mx/consar.
Los recursos de la Cuenta Individual son propiedad del Trabajador.
ESTIMADOS: POR ESTE CONDUCTO SOLICITO DE LA MANERA MAS ATENTA EL APOYO (ACCESORIA PARA EL RETIRO).
DE LO ANTERIOR Y EN ESPERA DE CONTAR CON SU APOYO A LA BREVEDAD COMO LO PREGONAN TUS LINEAMIENTOS DE AFORE DE ATENDER AL CLIENTE.
QUEDO DE USTED.
ATTE: SERGIO GONZALEZ MEDINA.
Hola Sergio, si deseas iniciar con tu retiro te recomendamos te pongas en contacto con tu Afore para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eras un trabajador inscrito en el IMSS: Si te inscribiste antes del 1º de julio de 1997, puedes pensionarte ya sea bajo el régimen de la Ley del Seguro Social del ´73, o bien, por la Ley del ´97; Si es bajo la Ley del 73 la principal diferencia es que debes haber cotizado 500 semanas, tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez. Si es la del ´97 se retiran todos los recursos que se acumularon en la Afore.
Si te inscribiste después del 1º de julio de 1997, debes cumplir con alguno de los requisitos:
•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas
•Tener 60 ó 65 años de edad
Para asegurarte de que estás ahorrando lo suficiente para tener el retiro que deseas, te invitamos a entrar a esta liga: http://goo.gl/exuUj8, ahí podrás proyectar tu pensión y así tendrás un estimado de cuanto vas a recibir y puedas incrementar tu ahorro realizando aportaciones voluntarias.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente de Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, o a contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge.
Saludos y gracias por escribirnos.
AUXILIO Alguien me cambio de con PROFUTURO a Principal afore no quiero estar aqui mandenme un asesor quiero regresar por favor, ojala se pueda
Hola Laura, es necesario saber si firmaste algún documento o si en su momento te visitaron. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, te invitamos a llamar al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, o a contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. para poder revisar tu situación en particular.
Saludos y gracias por escribirnos.
deceo regresar a profuturo, firme con otra afore porque me ofrecieron informacion que deceo pero nunca volvieron
Hola Eduardo, ¡Gracias por elegirnos como tu Afore! Es muy fácil, solo requerimos nos envíes tu número telefónico, correo electrónico, NSS y CURP por mensaje: http://goo.gl/X1O20d o en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Quedamos en espera de tus datos. ¡Gracias por leernos!
SI POR FAVOR ME PUEDEN AMPLIAR LA INFORMACION DE LAS APORTACIONES VOLUNTARIAS..
Hola Vidal, las aportaciones voluntarias solo se pueden hacer con tu Afore. En Profuturo tenemos varias opciones para que realices aportaciones voluntarias:
1. Ventanilla bancaria: puedes realizar depósitos con cheques personales o de empresa del mismo banco u otro banco y traspasos entre cuentas con cargo a cuenta de cheques o tarjeta de débito.
2. Transferencia bancaria (Internet) a través de nuestra página http://www.profuturo.mx puedes realizar aportaciones, o bien desde tu portal bancario.
3. Tenemos el servicio de DOMICILIACIÓN, en el que periódicamente, haces aportaciones voluntarias, es una forma muy sencilla de ahorrar y sin que te des cuenta, lograrás juntar el monto que deseas. Puedes hacerlas desde http://profuturo.mx, Si tienes cuenta sólo ingresas tu usuario y contraseña, de lo contrario te puedes registrar. Consulta la siguiente liga: http://goo.gl/Ro4dkR. Es importante que certifiques tu cuenta bancaria antes de realizarlas, llámanos al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, marca la opción 1 de Afore y después la opción 0.
4. En establecimientos como Seven eleven, es súper sencillo y el mínimo son $50
Las aportaciones voluntarias son una decisión responsable y muy acertada, sobre todo porque demuestra tu interés en tener un buen retiro.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente de Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, o a contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge.
Saludos y gracias por escribirnos.
Me an dejado de mandar mi estado de cuenta ya tiene serca de tres años q esta pasando. les dejo mi direccion av. 5de mayo1 colonia ignacio zargoza grajales puebla
Hola Octavio, nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente de Profuturo, y por seguridad de tu cuenta te invitamos a llamar al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, para revisar si todos tus datos son de manera correcta y el motivo por el cual no recibes tus documentos. Si así lo deseas, también podemos enviarte un estado de cuenta y guiarte para que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes y que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil.
Saludos y gracias por escribirnos.
Buen día la molestia es como puedo solicitar una cita para solicitar información en general sobre mi afore que tengo con ustedes le agradeceré me informé muchas gracias Saludos
Hola, Jorge, puedes agendar tu cita desde nuestra página de internet: https://www.profuturo.mx/content/wps/portal/Ayuda/Agendar-cita-para-tramites-Afore Deberás elegir la sucursal que te quede más cercana y el horario que te convenga. De cualquier forma, también podrías llamarnos al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República por si quieres alguna información en específico. ¡Saludos!
Si una persona de 63 años se jubila por parte del issste a cuanto haciende su pensión y le dan su dinero a cuanto puede solicitar mensualmente y a cuantos años de vida promedio le dan lo acumulado
Hola Ruth, es recomendable te pongas en contacto con la Afore que te corresponde para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Si deseas te invitamos a entrar a esta liga: http://goo.gl/exuUj8, ahí podrás proyectar tu pensión y así tendrás un estimado de cuanto vas a recibir. Es importante indicarte que quien finalmente decide el monto mensual de pensión será ISSSTE.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente de Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, o a contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge.
Saludos y gracias por escribirnos.
Buenas noches, mi pregunta es si es lo mismo, si yo estuviera inactiva o no tuviera seguro social al momento de querer ver lo de mi retiro o pension porque aplico en la ley del 97, pero que si estuviera aportando voluntariamente aunque sea una pequeña cantidad.
Gracias
Hola Norma, hay diferentes opciones si eres un trabajador inscrito en el IMSS. Si te inscribiste antes del 1º de julio de 1997, puedes pensionarte ya sea bajo el régimen de la Ley del Seguro Social del ´73, o bien, por la Ley del ´97; Si es bajo la Ley del 73 la principal diferencia es que debes haber cotizado 500 semanas, tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez. Si es la del ´97 debes haber cotizado 1250 semanas, tener mínimo 60 años.
Las aportaciones voluntarias te dan la posibilidad de tener una mejor pensión, ya que estas te ayudan a hacer crecer tus ahorros de Afore, más no tus semanas cotizadas.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente de Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, o a contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge.
¡Saludos!
Es muy importante esta. Asesoría
Gracias
Hola Ramón, nos es grato saber que el contenido es de tu agrado, mantente pendiente porque seguiremos incluyendo información que te ayudará a planear tu futuro de la mejor manera.
¡Saludos!
Quiero saber todo lo referente a mi jubilacion, o si puedo retirar todo mi dinero acumulado si dejo de trabajar
Hola Jesus Luis, el tramite de jubilación es por parte de tu empresa, sin embargo el tramite de pensión se lleva con el IMSS. Es recomendable te pongas en contacto con tu Afore para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eras un trabajador inscrito en el IMSS:
Si te inscribiste antes del 1º de julio de 1997, puedes pensionarte ya sea bajo el régimen de la Ley del Seguro Social del ´73, o bien, por la Ley del ´97; Si es bajo la Ley del 73 la principal diferencia es que debes haber cotizado 500 semanas, tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez. Si es la del ´97 se retiran todos los recursos que se acumularon en la Afore.
Si te inscribiste después del 1º de julio de 1997, debes cumplir con alguno de los requisitos:
•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas
•Tener 60 ó 65 años de edad
Una vez que te encuentres pensionado, acércate con tu Afore para que te indiquen que cuentas vas a poder retirar de acuerdo al documento de pensión que recibirás.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente de Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, o a contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge.
Saludos y gracias por escribirnos.
Por qué si inicie a cotizar antes del 1o de julio de 1997 y antes mis estados de cuenta de Afore deciasn GENERACIÓN DE TRANSICIÓN, Profuturo GNP cambió el encabezado de mi estado de cuenta y ahora dice GENERACIÓN AFORE
Hola Norma, lo que sucuede es que los estados de cuenta que tiene la leyenda Generación Afore o Generación de Transición, son para trabajadores que laboraron al amparo de la ley del seguro social 1997. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, te invitamos a llamar al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, o a contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge.
¡Gracias por leernos!
buena tarde, una pregunta yo a mis 55 años ya me puedo pensionar o retirar, soy del regimen antes del 97, estoy en el imss de hecho paso las semanas que piden como cotizadas les agradezco su atencion..
Hola Mario, la decisión de iniciar con tu pensión es muy importante. Hay diferentes opciones si eres un trabajador inscrito en el IMSS:
Si te inscribiste antes del 1º de julio de 1997, puedes pensionarte ya sea bajo el régimen de la Ley del Seguro Social del ´73, o bien, por la Ley del ´97; Si es bajo la Ley del 73 la principal diferencia es que debes haber cotizado 500 semanas, tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez. Si es la del ´97 se retiran todos los recursos que se acumularon en la Afore.
Si te inscribiste después del 1º de julio de 1997, debes cumplir con alguno de los requisitos:
•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas
•Tener 60 ó 65 años de edad
Es importante que te pongas en contacto con tu Afore para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente de Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 del DF o al 01800 715 5555 del interior de la República, o a contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge.
Saludos y gracias por escribirnos.
de favor les pido el estado de mi cuenta mandarlo a mi gmail gracias.
Hola Abel, nos interesa brindarte la asesoría que requieres, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil. En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. O puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge para actualizar tus datos y que puedas recibir tus documentos de manera correcta. Saludos y gracias por escribirnos.
Buenas tardes puedo retirar por desesempleo afore generacion de transicion pues he ido varias veces a preguntar y me dan un negativa pues dicen que noentre en el nuevo sistema y que no pueden otorgarme yn retiro parcial por desempleo y si hay pisibilidad de pasarme con.ustedes o es forzoso quedarme en Banorte
Hola Juventino, para solicitar la ayuda por desempleo debes tener mínimo 46 días naturales sin empleo, en la siguiente liga encontrarás los requisitos que debes cumplir: http://goo.gl/4mZScu. Es importante que sepas las repercusiones que el retiro por desempleo puede tener en tu cuenta individual, te invitamos a leer más información al respecto: http://goo.gl/LjzxnF o a ponerte en contacto con tu Afore para mayor información. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Hola!
Soy trabajadora del Gobierno del Estado de Veracruz pero no tengo ninguna prestación… me gustaría saber como puedo tener una afore? estoy interesada ya que en mi centro trabajo no te ofrecen nada. Gracias.
Hola Sofía, nos interesa brindarte la asesoría que requieres, en la siguiente liga encontraras información sobre el significado e importancia de estar registrado en una AFORE y tener una cuenta individual: https://goo.gl/aZgD06. Te invitamos a llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.