Pensión por Cesantía
Si ya cumpliste 60 años, puedes solicitar tu pensión por Cesantía en Edad Avanzada. Esta pensión se le otorga al trabajador a partir de los 60 años, y para poder tramitarla necesitas también contar con el periodo mínimo de cotización que prevé la Ley del Seguro Social, que corresponde a 500 semanas para la Ley 73 y 1,250 semanas para la Ley 97.
Pensión por Vejez
Ahora, si ya cumpliste los 65 años, la buena noticia es que ya puedes ejercer tu derecho a gestionar tu pensión por Vejez. Para tramitarla, necesitas también contar con el periodo mínimo de cotización que prevé la Ley del Seguro Social, que corresponde a 500 semanas para la Ley 73 y 1,250 semanas para la Ley 97. En nuestro portal, puedes conocer más sobre cómo pensionarte y por qué hacerlo con Profuturo.
La diferencia entre ambos tipos de pensión radica principalmente en la edad de pensión, pero este responde también al monto de pensión, ya que este es asignado por los institutos de seguridad social de acuerdo a la edad de la persona al momento de pensionarse. Los porcentajes de pensión según la edad de retiro, son los siguientes:
Para tramitar tu pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez los requisitos son los siguientes:
- Tener 60 años (por cesantía) o 65 años (por vejez) cumplidos a la fecha de la solicitud de tu pensión.
- Cumplir con al menos 500 semanas de cotización (Ley IMSS del 73).
- Tener como mínimo 1,250 semanas de cotización (Ley IMSS del 97).
- Dejar de tener un trabajo remunerado (dejar de cotizar para el IMSS).
Si cumples con estos requisitos, acude a tu Afore para tramitar tu pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, quien ahora será la encargada de asesorarte y realizar el trámite a través del servicio de Ventanilla Única. Una vez que obtengas tu número de Folio acude al IMSS con la siguiente documentación:
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
- Documento que contenga tu número de seguridad social expedido por el IMSS, Infonavit o tu Afore.
- Original o copia certificada de acta de nacimiento.
- Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.
- CURP.
- RFC.
- Documento de Afore con antigüedad no mayor a 6 meses.
- Si cuentas con beneficiarios deberás presentar los requisitos del trámite de asignación familiar.
El plazo estimado de la resolución del trámite de tu pensión por el IMSS es de aproximadamente un mes. Una vez concluido, se te entregará un documento en donde se señala la cantidad de pensión otorgada de acuerdo al régimen por el cual te pensionaste, así como la fecha, forma y lugar donde recibirás tu pago.
Si no cumples con las semanas cotizadas para obtener tu pensión, el IMSS te emitirá una Negativa de Pensión, con la cual podrás retirar el saldo total de tu cuenta individual en una sola exhibición conforme a lo siguiente:
– A partir de los 60 años, todos los recursos a excepción de SAR 92-97.
– Al cumplir los 65 años se incluye también el SAR 92-97 y Vivienda.
Otros tipos de pensión
La Ley del Seguro Social contempla otras modalidades de subsidio que te dan el derecho de disfrutar de una pensión, ya sea para ti o para tus familiares. A continuación te explicamos brevemente en qué consiste cada una:
Pensión por Retiro Anticipado. Se te otorga antes de cumplir la edad mínima establecida para pensionarte (60 años), siempre y cuando la pensión que se te calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior al 30% de la pensión mínima garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para tus beneficiarios.
Pensión de Viudez. Al fallecer por un riesgo de trabajo, invalidez, retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, se le otorga a la esposa(o) o concubina(rio) del fallecido una pensión por viudez.
Pensión de Invalidez. Si debido a una enfermedad general o accidente, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) determinó que te encuentras en estado de invalidez (y que esta invalidez te impide obtener una remuneración superior al 50% de tu salario durante el último año), puedes solicitar tu pensión por invalidez. Conoce más información sobre el Seguro de Invalidez y Vida del IMSS.
Pensión de Orfandad. Es la prestación económica y médica que recibirán cada uno de tus hijos menores de 16 años y hasta los 25 años si se encuentran estudiando en planteles del sistema educativo nacional.
Pensión de Ascendientes. La pensión de ascendientes se le concede a tus padres, si dependían económicamente de ti, y cuando no exista esposa(o), concubina(rio) o hijos con derecho a recibir pensión.
Pensión por Incapacidad Permanente Parcial o Total. Se te otorga cuando sufres un accidente o enfermedad mientras trabajas o realizas alguna actividad relacionada a tu trabajo y esto ocasiona la pérdida de tus facultades, aptitudes o disminución permanente parcial o total de tu capacidad física o mental para realizar tu trabajo.
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Por: Alarik Reyes
Consulta www.gob.mx/consar.
Los recursos de la Cuenta Individual son propiedad del Trabajador.
Consulta la información de trámites actualizada aquí: http://www.profuturo.mx/
Solicito un acesor para cambiarme de afore al de ustedes dejo mis datos yo ya estaba con ustedes en su afore atte. Adalberto campos martinez mi cel. 393 104 79 56 MI COREO adalcampos_1@hotmail.com
Hola Adalberto, ¡Gracias por elegirnos como tu Afore! Es muy fácil, solo requerimos nos envíes tu número telefónico, correo electrónico, NSS y CURP en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge o puedes agendar tu cita en la siguiente liga: https://goo.gl/HQfpT9. Quedamos en espera de tus datos. ¡Gracias por leernos!
Yo tengo un hijo. Con discapacidad. Q depende de mi.ahorita el tiene 25.pero como le ago para q el sea mi beneficiario
“Hola Olivia, existen dos tipos de beneficiarios que pueden cobrar los recursos de un trabajador que ha fallecido, estos son los legales y sustitutos.
Los beneficiarios legales los determina el I.M.S.S. por medio de una resolución de pensión o una negativa, estos pueden ser: esposa o concubina, hijos menores de 16 años o hasta 25 si se encuentran estudiando en una institución educativa que pertenezca a la SEP. Sólo en caso de que el titular de la cuenta no haya tenido esposa o concubina y tampoco hijos, pueden ser nombrados beneficiarios los padres del trabajador.
Los beneficiarios sustitutos son los que asigna el trabajador en su Afore, estos solo podrán realizar el cobro del ahorro voluntario. Si deseas registrar o cambiar de beneficiarios, puedes realizarlo a través de nuestras sucursales presentando:
• IFE o pasaporte vigente del titular de la cuenta.
• IFE o pasaporte vigente del (os) beneficiario(s).
• CURP del (os) beneficiario(s).
• Porcentaje que se le asignará a cada beneficiario de los recursos (La suma de los porcentajes debe ser igual al 100 %).
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos. “
Hola buenos días, en la actualidad tengo 59 años, en el IMSS tengo mas de 1,700 semanas cotizadas y me encuentro trabajando, en la oficina corre el rumor de que que algunos de mis compañeros y yo nos quedaremos sin trabajo, mi pregunta es:
¿perderé mi pensión si no logro encontrar trabajo en los próximos 10 meses que me restan para cumplir 60 años?
¿Sino la pierdo se reducirá mucho el importe de la pensión si llego a los 60 trabajando que si no trabajo los próximos 10 meses?
¿Como puedo conservar mis derechos y mi pensión por los próximos 10 meses para no perder mi pensión?
Por su atención les doy las gracias anticipadas
Hola Mario, con gusto te podemos brindar información para el retiro, es recomendable te pongas en contacto con nosotros para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eras un trabajador inscrito en el IMSS:
Si decides pensionarte bajo la Ley del 73 los requisitos son:
•Contar con 500 semanas cotizadas.
• Tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez.
Si decides pensionarte bajo la Ley del 97, debes cumplir con alguno de los requisitos:
•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas.
•Tener 60 ó 65 años de edad.
Para asegurarte de que estás ahorrando lo suficiente para tener el retiro que deseas, te invitamos a entrar a esta liga: http://goo.gl/exuUj8, ahí podrás proyectar tu pensión y así tendrás un estimado de cuanto vas a recibir y puedas incrementar tu ahorro realizando aportaciones voluntarias.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
solicitan algun documento del beneficiario en caso de jubilacion.
en caso de ser afirmativo cuales son:
Hola Luz María, existen dos tipos de beneficiarios, estos son los legales y sustitutos.
Los beneficiarios legales los determina el I.M.S.S. por medio de una resolución de pensión o una negativa, estos pueden ser: esposa o concubina, hijos menores de 16 años o hasta 25 si se encuentran estudiando en una institución educativa que pertenezca a la SEP. Sólo en caso de que el titular de la cuenta no haya tenido esposa o concubina y tampoco hijos, pueden ser nombrados beneficiarios los padres del trabajador.
Los beneficiarios sustitutos son los que asigna el trabajador en su Afore, estos solo podrán realizar el cobro del ahorro voluntario. Si deseas registrar o cambiar de beneficiarios, puedes realizarlo a través de nuestras sucursales presentando:
• IFE o pasaporte vigente del titular de la cuenta.
• IFE o pasaporte vigente del (os) beneficiario(s).
• CURP del (os) beneficiario(s).
• Porcentaje que se le asignará a cada beneficiario de los recursos (La suma de los porcentajes debe ser igual al 100 %).
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Más que comentario, es una pregunta: A partir del mes de febrero del año próximo ya cubro las 1250 semanas de cotización ante el IMSS, pero, tendría solamente 59 años ¡cuánto me tocaría de pensión? Gracias
Hola Judith, con gusto te podemos brindar información para el retiro, es recomendable te pongas en contacto con nosotros para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eras un trabajador inscrito en el IMSS:
Si decides pensionarte bajo la Ley del 73 los requisitos son:
•Contar con 500 semanas cotizadas.
• Tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez.
Si decides pensionarte bajo la Ley del 97, debes cumplir con alguno de los requisitos:
•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas.
•Tener 60 ó 65 años de edad.
Para asegurarte de que estás ahorrando lo suficiente para tener el retiro que deseas, te invitamos a entrar a esta liga: http://goo.gl/exuUj8, ahí podrás proyectar tu pensión y así tendrás un estimado de cuanto vas a recibir y puedas incrementar tu ahorro realizando aportaciones voluntarias.
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En este año 2018, ya cumpliste 60 años. Por las semanas cotizadas que dices tener, te conviene pensionarte por la ley imss 1973.
Considero que es de lo mejor,ya que ofrecen información muy valiosa.
Hola Jesús, agradecemos tu confianza, te recomendamos mantenerte al pendiente porque seguiremos incluyendo información que te ayudará a planear tu futuro de la mejor manera. ¡Saludos!
Si ya tengo todos los papeles para el retiró total por cesantía es necesario sacar cita o ir directamente a las oficinas gracias por su atención
Hola Guadalupe, puedes localizar tu sucursal más cercana en la liga: https://goo.gl/rrO66J. Para tu comodidad, te sugerimos realizar una cita antes de acudir a nuestras sucursales a través de la liga: http://goo.gl/gDlgNm. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Mi pregunta es tengo 63 por cumplir y puedo pensionarme por cesantia ya al 90% del total y esa diferencia se la queda el IMSS, o como, tengo que dejar de trabajar y cuando tenga 65 años puede obtener la de vejez es cierto lo que entiendo??
Hola Bibiana, con gusto te podemos brindar información para el retiro, es recomendable te pongas en contacto con nosotros para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eras un trabajador inscrito en el IMSS:
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Hola buenas noches, yo tengo una pregunta mi mamá tiene la cantidad de semanas cotizadas para pensionarse pero ya tiene mucho que dejó de trabajar y le falta 1 año y medio para cumplir los sesenta y queremos saber cómo hacerle para q ella pueda lograr pensionarse.
Hola Irasema, con gusto te podemos brindar información para el retiro, es recomendable te pongas en contacto con nosotros para conocer las condiciones de su cuenta y que pueda iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con su retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eras un trabajador inscrito en el IMSS:
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•Tener 60 ó 65 años de edad.
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Muy buenos dias.
Yo cueto con mi afore con ustedes, y necesito tramitar mi pension, por lo que me gustaria me concertaran una cita
para recibir su acesoria para dichos tramites RFC:matf540712625 NSS: 1705456323
Quedo a la espera de su pronta respuesta
Saludos
Hola Felix, con gusto te podemos brindar información para el retiro, es recomendable te pongas en contacto con nosotros para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eres un trabajador inscrito en el IMSS:
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•Contar con 500 semanas cotizadas.
• Tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez.
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•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas.
•Tener 60 ó 65 años de edad.
Para asegurarte de que estás ahorrando lo suficiente para tener el retiro que deseas, te invitamos a entrar a esta liga: http://goo.gl/exuUj8, ahí podrás proyectar tu pensión y así tendrás un estimado de cuanto vas a recibir y puedas incrementar tu ahorro realizando aportaciones voluntarias.
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Mi abuelo tiene 76 años y no ah cobrado su pensión como le puedo ayudar para que la cobre
Gracias por su atención
Hola Juan, con gusto te podemos brindar información para el retiro, es recomendable te pongas en contacto con nosotros para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eres un trabajador inscrito en el IMSS:
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•Contar con 500 semanas cotizadas.
• Tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez.
Si decides pensionarte bajo la Ley del 97, debes cumplir con alguno de los requisitos:
•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas.
•Tener 60 ó 65 años de edad.
Para asegurarte de que estás ahorrando lo suficiente para tener el retiro que deseas, te invitamos a entrar a esta liga: http://goo.gl/exuUj8, ahí podrás proyectar tu pensión y así tendrás un estimado de cuanto vas a recibir y puedas incrementar tu ahorro realizando aportaciones voluntarias.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Buenas tardes, por este medio me permito felicitar a su disposicion y entrega para apoyar e informar a la ciudadania las dudas que existen para jubilacion ante el IMSS.
Por otra parte me permito preguntarles como se saca el calculo para la pension si ya se cumplen los requisitos de las 500 semanas si el salario es de la siguiente manera:
1.- Tres años 30,000 mensuales, este es el intermedio.
2.- Otro año 15,000 mensuale, este es el ultimo salario
3.- Otro años 40.00 cuarenta pesos diarios, este es el primero
Por ultimo si del fondo de los afores es de donde te dan tu pension.
Hola Antonio, agradecemos tus comentarios, para evaluar personalmente tu caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
La pension te la dan de tu cuenta de afores.
Hola Antonio, así es, para el cálculo de pensión se toman en cuenta varios factores como el número de semanas cotizadas, la edad, el salario base de cotización, saldos de Afore, entre otros. Te puedes apoyar usando la siguiente liga: http://goo.gl/exuUj8 en la que ingresaras información personal y te dará un estimado de acuerdo a los datos que coloques. Cabe indicar que quien calcula el monto de pensión es IMSS. Te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Hola buenas tardes un familiar mio quiere saber si se puede pensionar por discapacidad ya que aun no tiene la edad para pensionarse me gustaria que me apoyaran con su pronta respuesta gracias
Hola Karina, para evaluar personalmente el caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
hola buenas noches, quisiera consultarlos, por favor si me pueden dar una orientación acerca de que conviene mas en el siguiente caso, tengo una hermana que cumplió 60 años en el mes de octubre, sin embargo antes de cumplir trato de gestionar ante el IMSS una pensión por invalidez, pues tiene las siguientes afecciones: sobrepeso, 110 kgs. ha tenido un derrame cerebral hace aproximadamente 5 años, del que afortunadamente no quedaron lesiones, es hipertensa con mas de 20 años, tiene severos problemas de varices, ha estado internada en un par de ocasiones por flevitis , tiene 4 o 5 lesiones en varios discos de la columna vertebral, por lo que presenta un cuadro agudo de dolor ciático, padece de dolores fuertes en ambas rodillas por desgaste y sobrepeso, todo esto ha sido valorado en el mismo IMSS, pero al llegar al dictamen final el médico que la atendió comento que le convenía mas la pensión por cesantía, pues por invalidez perdería alguna prestaciones como las de prestamos en dinero, aguinaldo y que ademas el monto sería mayor en cesantía, ella es promotora de productos Avon en los últimos años por lo que su sueldo es muy bajo, el medico del dictamen sugirió mejor la pensión por cesantía, pero algunos conocidos opinan que el monto de pensión es mayor por invalidez, pido de favor me orienten al respecto.
Hola José, lamentamos la situación que nos comentas y con gusto te podemos brindar información para el retiro, es recomendable te pongas en contacto con nosotros para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eras un trabajador inscrito en el IMSS:
Si decides pensionarte bajo la Ley del 73 los requisitos son:
•Contar con 500 semanas cotizadas.
• Tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez.
Si decides pensionarte bajo la Ley del 97, debes cumplir con alguno de los requisitos:
•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas.
•Tener 60 ó 65 años de edad.
Para el cálculo de pensión se toman en cuenta varios factores como el número de semanas cotizadas, la edad, el salario base de cotización, saldos de Afore, entre otros. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Hola!
Para consultar saldo curbta afore con Uds En q página lo obtengo
Gracias
Hola Graciela, nos interesa brindarte la asesoría que requieres, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información, saldos y estados de cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. O puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Mi padre tenía un pensión por invalidez… el acaba de fallecer a los 58 años que pasa con la pensión de Cesantía?
Hola Ana, lamentamos lo que nos comentas y para evaluar personalmente tu caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Hola una pregunta personas pensionados de 60 años además de su pensión recibiendo aguinaldo?
Hola Luis, así es, una vez al año se les paga aguinaldo además de su pensión. Saludos y gracias por escribirnos.
En caso de que ya hallas alcanzado las semanas cotizadas 1250 y más . Pero no la edad de los 60 años
Que se hace?
Me gustaría qe pudieran acesorar.
Muchas gracias.
Hola Jorge, para evaluar personalmente tu caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Cumplo 59 años este Diciembre 2018 , mi pregunta es la siguientes me afecta trabajar ahora antes de cumplir los 60 años ya que a una amiga que le hicieron una precalificación , trabajo solo 2 semanas en el IMSS le dijeron que le afectaron esas 2 semanas y bajo mucho el monto de su pensión menos de lo que ella ganaba por quincena
Hola María, con gusto te podemos brindar información para el retiro, es recomendable te pongas en contacto con nosotros para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eras un trabajador inscrito en el IMSS:
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•Contar con 500 semanas cotizadas.
• Tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez.
Si decides pensionarte bajo la Ley del 97, debes cumplir con alguno de los requisitos:
•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas.
•Tener 60 ó 65 años de edad.
Para asegurarte de que estás ahorrando lo suficiente para tener el retiro que deseas, te invitamos a entrar a esta liga: http://goo.gl/exuUj8, ahí podrás proyectar tu pensión y así tendrás un estimado de cuanto vas a recibir y puedas incrementar tu ahorro realizando aportaciones voluntarias.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Hola buenas tardes alguien sabe si la pensión por invalidez se paga al 100 % o solo un persentaje o depende de algo para otorgarlo ?
Hola Argenis, para evaluar personalmente tu caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
buena mi padre ya tiene un año y medio que deposito sus papel y esta es la fecha en que no le a salido cuanto dura la que una persona necesita su dinero para comprar los me medicamento que den por que tampoco no es una gran cantidad de dinero señores tanga un poco mas de consideración con esto viejitos .
Hola Lilían, lamentamos lo que nos comentas y para evaluar personalmente su caso, te invitamos a llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Buen Dia
Una pregunta actualmente recibo mi pensión y de esa pensión mi esposa recibe un porcentaje, la pregunta es al pensionarse mi esposa, que pasa con ese porcentaje se elimina de mi pensión o sigue igual y yo como su esposo recibo el mismo porcentaje de la pensión de mi esposa ….por favor me pueden aclarar estas preguntas
Hola, para evaluar personalmente tu caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Buenas tardes. Actualmente no resido en Mexico, y necesito tramitar mi pensión por vejez. Entre los requisitos aparece presentar comprobante de domicilio, de no más de 3 meses, puede ser del exterior? . Soy mexicano naturalizado. Gracias
Hola Hernan, para evaluar personalmente tu caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Buenas tardes. Mi duda es que mi esposo tiene una pension temporal de 24 meses al terminar ese tiempo deciden si se la dan definitiva, dicha pension no nos conviene porque al momento del accidente estaba por el salario minimo. Nos han dicho que el puede tener esta pension y como el sigue cotizando despues podra obtener la de cesantia o vejez. Es cierto esto, cabe mencionar que el cotiza desde el 88 y solo tiene 49 años.
Hola José, para evaluar personalmente tu caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). En el siguiente video te decimos como registrarte en nuestro portal: https://goo.gl/dRIZqG. Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Buenas tardes. Mi duda es que mi esposo tiene una pension temporal de 24 meses al terminar ese tiempo deciden si se la dan definitiva, dicha pension no nos conviene porque al momento del accidente estaba por el salario minimo. Nos han dicho que el puede tener esta pension y como el sigue cotizando despues podra obtener la de cesantia o vejez. Es cierto esto, cabe mencionar que el cotiza desde el 88 y solo tiene 49 años.
Hola, lamentamos mucho lo que nos comentas y para evaluar personalmente su caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Hola soy Claudia me podrían decir que hay de cierto en que existe la posibilidad que no te otorguen pensión por cesantía aún cuando tienes más de 1,200 semanas, estas inscrita en modalidad 40 por el simple hecho de que la causa de baja fué voluntaria ? y no así de termino de contrato. Estoy muy contrariada por esta sotuación. Ya que en los reqiisitos de pensión por cesantía no explican que NO debe ser voluntaria la baja. Ojala me puedán aclarar esta duda. Gracias
Hola Claudia, para evaluar personalmente tu caso, tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Soy empleada de gobierno, y nos realizan éste descuento, tal cual por la cantidad de $ 307.65, pertenesco al ISSSTE, pero ustedes en lo que publican, sólo manejan IMSS.
Mi pregunta es; aplica igual para el retiró ?
Pues además pagamos 4 distintos seguros que no entiendo ?
Hola María, para evaluarlo tendríamos que revisar cuáles son las condiciones de la cuenta. Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República o contactarnos en nuestro chat: http://goo.gl/gsfLge. Saludos y gracias por escribirnos.
Buen dia si mi mamá se casa con un pensionado de Cesantia la puede asegurar y le darán todos los servicios del seguro social.?
Hola Isela, para brindarte la asesoría que requieres necesitamos más información de la cuenta, te invitamos a llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República. Saludos y gracias por escribirnos.
Pedro gonzalez mi pregunta es yo tengo 650 cotizaciones calificó por ley 73 y tengo 62 pero estoy dado de baja en el imss que necesito para recibir mi pensión a la edad de 65 años
Hola Pedro, primeramente debes realizar una precaptura de pensión con Profuturo para esto es importante nos regales una llamada a los números (55) 5809 6555 CDMX ó 01557155555 Interior de la República lunes a viernes 8:00 a 20:00 hrs y sábados de 9:00 a 14:00 Hrs. Opción 1, 1 y 0 para que un asesro verifique que todos tus datos esten registrados de manera correcta y agendar una cita para acudir anuestra sucursal a realizar este trámite.
Buenas tardes este mes cumplo 60 años y quisiera que me informes qué requisitos necesito para retirar mi dinero del adore, por su atención gracias
Hola Guillermo, quien otorga el derecho a pensión es el IMSS, con gusto te podemos brindar información para el retiro, es recomendable te pongas en contacto con nosotros para conocer las condiciones de tu cuenta y que puedas iniciar el trámite que corresponda. Para poder iniciar con tu retiro es importante conocer los requisitos. Hay varias opciones si eras un trabajador inscrito en el IMSS:
Si decides pensionarte bajo la Ley del 73 los requisitos son:
•Contar con 500 semanas cotizadas.
• Tener mínimo 60 años (cesantía en edad avanzada) o tener 65 años, para el caso de vejez.
Si decides pensionarte bajo la Ley del 97, debes cumplir con alguno de los requisitos:
•Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas.
•Tener 60 ó 65 años de edad.
Nos interesa brindarte la asesoría que requieres, si eres cliente Profuturo, te invitamos a que te des de alta en nuestro portal exclusivo para clientes para que así tengas acceso a la información de tu cuenta desde cualquier lugar en internet o en nuestra app móvil (descárgala aquí: https://goo.gl/GvVXMi). Puedes llamar al 5809 6555 de la CDMX o al 01800 715 5555 del interior de la República. Saludos y gracias por escribirnos.