Conoce los detalles de las nuevas reformas al Sistema de Ahorro para el Retiro.

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Recientemente, se han aprobado una serie de reformas en el Sistema de Ahorro para el Retiro en México. Entre estas reformas, se destacan la creación de un fideicomiso público conocido como el Fondo de Pensiones del Bienestar y el complemento a las pensiones de algunos trabajadores mexicanos. 

El Fondo de Pensiones el Bienestar, administrado por el Gobierno, tiene como objetivo principal beneficiar a los trabajadores que tienen derecho a pensionarse bajo el régimen de Cuentas Individuales (IMSS 97 o ISSSTE), recibiendo un complemento para garantizar que su pensión sea igual al último salario recibido, siempre y cuando este no exceda los $16,777.68. 

Fondo de Pensiones del Bienestar 

Los recursos que conformarán este fondo provienen de diversas fuentes. En el caso del Sistema de Ahorro para el Retiro, se transferirán cuentas de los trabajadores laboralmente inactivos con 70 años o más (para afiliados al IMSS) y con 75 años o más (para afiliados al ISSSTE), que aún conservan recursos en sus subcuentas de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV) y Vivienda. 

Es importante aclarar que las aportaciones voluntarias de los trabajadores afiliados al IMSS no serán transferidas a este fondo, por lo que permanecerán en su Cuenta Individual de Afore. Sin embargo, para los trabajadores del ISSSTE, el ahorro solidario sí será transferido al Fondo del Bienestar. 

Si mis recursos son transferidos al nuevo fondo, ¿puedo solicitar su devolución? 

Sí, los trabajadores (o sus beneficiarios) cuyos recursos sean transferidos al Fondo de Pensiones del Bienestar, podrán solicitar su devolución en cualquier momento a través de la ventanilla única de los institutos (IMSS o ISSSTE).   

¿Cómo puedo garantizar que mis recursos estarán seguros? 

Tus recursos están protegidos en todo momento. Las reformas solo especifican la transferencia de recursos de cuentas laboralmente inactivas para beneficiar a los trabajadores que tengan derecho a pensionarse bajo ciertos regímenes. 

La información proporcionada aquí tiene como objetivo brindar claridad y tranquilidad a los trabajadores respecto a las nuevas reformas. Te mantendremos informado. 

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¡Suma tus semanas cotizadas antes de pedir tu pensión!

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 ¡Suma tus semanas cotizadas antes de pedir tu pensión!

Una de las preguntas más frecuentes en tema de pensión y Afore es respecto a las semanas cotizadas, y lo que esto significa. Básicamente, el dinero disponible para tu retiro se genera a partir del número de semanas cotizadas, ya sea en el sector público o privado. Y aunque muchas personas siempre han cotizado en uno solo, existen también quienes han trabajado en ambos sectores. Para ellos, es importante que su trabajo se unifique en una sola cuenta.

Para las personas que hayan cotizado tanto en IMSS como el ISSSTE, es importante que lleven a cabo una unificación de cuentas en su Afore, ya que esto les facilitará todo al momento en que se jubilen. Al jubilarte, la cuenta con la que tengas un mayor número de semanas cotizadas será la que se tome en cuenta para determinar cuál es el monto que te corresponde. Calcula cuántas tienes cotizadas en cada uno y toma una decisión.

¿Cómo unificar tus semanas cotizadas en una sola cuenta?

Unificar ambas cuentas es sencillo. Será necesario que te dirijas a la ventanilla de Afiliación y Vigencia de Derechos de la institución en la que tengas más semanas cotizadas (IMSS o ISSSTE) y solicita la portabilidad de derechos. Se te entregará una solicitud de transferencia derecho; llénala y entrégala ahí mismo para que se valide tu información. La institución donde lleves a cabo este trámite se pondrá en comunicación contigo posteriormente para validar tu información y llevar a cabo la transferencia.

Recuerda que hacerte cargo de estos trámites pueden ahorrarte mucho tiempo; tarde o temprano será necesario que lo hagas. Antes de pensionarte, hazte cargo de este proceso para que a la hora de pedir tu pensión todo sea más fácil y rápido. Esta unificación implica muchos beneficios: entre más pronto te hagas cargo de esto, mejor será para ti y tu tranquilidad.

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¿Qué tipos de pensiones existen?

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¿Qué tipos de pensiones existen?

Las Leyes de Seguridad Social contemplan que todos los trabajadores cuenten con prestaciones de para protegerte a ti o a tus familiares.

Ya hemos hablado de la pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, pero existen otro tipo de pensiones que, aunque no tienen que ver con tu edad y no son proporcionadas por tu Afore, creemos que es importante que conozcas.

Aquí te explicamos en qué consiste cada una y los beneficios que se entregarían tanto para trabajadores del IMSS como para trabajadores del ISSSTE.

Pensión por Riesgo de Trabajo

Incapacidad Permanente Parcial

Es la pensión que se otorga cuando las facultades o aptitudes de una persona para realizar su trabajo disminuyen por motivo de una enfermedad o accidente derivado de las actividades realizadas en el trabajo.

Incapacidad Permanente Total

Esta pensión la recibiría un trabajador que pierda las facultades para desempeñar su trabajo por alguna enfermedad o accidente derivado de su trabajo. Esto incluye cualquier disminución total de su capacidad física o mental para realizar su trabajo.

 Pensiones de Invalidez y Vida

Invalidez

Este tipo de pensión la recibiría el trabajador por un accidente o enfermedad no relacionados al trabajo y que por consecuencia afecta su desempeño en el trabajo. Si es tu caso, aquí puedes saber si puedes recibir una pensión de invalidez:

Pensión por Viudez

Esta pensión se entrega a la viuda-esposa/viudo-esposo o viuda-concubina/viudo-concubino de la persona asegurada en caso de que ocurra su muerte por un riesgo de trabajo, invalidez, retiro o cesantía en edad avanzada. Consulta este trámite:

Orfandad

Cada uno de los hijos menores de edad (menores de 16 años para Ley del IMSS y menores de 18 años para Ley del ISSSTE) del padre o madre asegurados recibirá esta pensión en caso de fallecimiento. En caso de que el hijo o hija se encuentre estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, podrá ser hasta los 25 años, siempre que no sean sujetos del Régimen Obligatorio del Seguro Social. Aquí podrás consultar información más detallada sobre este tipo de pensión:

Ascendencia

Se otorga a cada uno de los padres al fallecer el asegurado o pensionado por incapacidad o por invalidez, retiro, cesantía en edad avanzada cuando no existe esposo/a o concubino/a y tampoco tiene hijos con derecho a recibir la pensión. Consulta aquí más detalles:

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Cómo sumar tus semanas si cotizaste al IMSS y al ISSSTE

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¿Trabajaste para el sector público y ahora trabajas para el sector privado? Si es tu caso, debes saber que al pasar de cotizar en el IMSS al ISSSTE o viceversa puedes tramitar una Transferencia de derechos.

¿Para qué sirve una Transferencia de derechos?

Los recursos en tu cuenta son tuyos independientemente de tu patrón o de la institución de Seguridad Social. Es por eso que al momento de pensionarte podrás transferir tus derechos para obtener una pensión única.

Como bien sabes, cuando comienzas a trabajar, vas acumulando semanas de cotización a través de una de las dos instituciones de Seguridad Social (IMSS e ISSSTE) hasta alcanzar el mínimo y así obtener una pensión. Al final de tu vida laboral, la institución que deberá otorgarte tu pensión para cubrir tu Retiro por Cesantía y Vejez será aquella con la que cotizaste durante más tiempo.

Antes de realizar este trámite, deberás saber cuántas semanas tienes cotizadas en cada institución, conoce aquí cómo tramitar una constancia de semanas cotizadas.

¿Cómo realizar el trámite de transferencia de derechos?

  1. Acude a la ventanilla de Afiliación y Vigencia de Derechos de la institución en la que hayas cotizado más tiempo (IMSS o ISSSTE) y solicita la portabilidad de los derechos.
  2. La institución te entregará un formato de solicitud de transferencia derecho y deberás llenarla y entregarla para que la valide y registre tu solicitud.
  3. Posteriormente, la institución deberá comprobar la información con su base de datos interna para certificar  los periodos que indicaste en tu formato y procederá a realizar la solicitud de transferencia

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El futuro de México, ¿qué nos espera en el retiro?

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En México es aún común la creencia de que el retiro laboral será una etapa de descanso y tranquilidad, donde podremos disfrutar de nuestro tiempo libre en familia y dedicarnos a hacer lo que tanto nos gusta, siempre y cuando la cuestión económica no nos preocupe. Sin embargo, para poder disfrutar de una estabilidad económica en esa etapa de la vida tenemos que comenzar a trabajar en ello en uno de los mejores momentos que tenemos para lograrlo: la etapa productiva.

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Traspaso de una Afore a otra. ¿Cómo hacerlo?

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¿Sabes que tienes la libertad de elegir la Afore de tu preferencia? Si ya estás registrado en una Afore y tienes más de un año en ella, tienes la opción de permanecer en la misma o cambiarte a la Afore que más te convenga en el momento que tú lo decidas.

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Registro. Conoce el paso a paso de este trámite

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Una vez que te has integrado como trabajador y comienzas a cotizar en alguna de las instituciones de seguridad social, ya sea el IMSS o ISSSTE, si en un plazo de un año no has escogido Afore, la CONSAR asignará tus recursos para el retiro a una de las 11 Afores que operan actualmente en México.

No obstante, para que puedas recibir todos los servicios y beneficios que una Afore te ofrece, así como realizar cualquier gestión que necesites del Sistema de Ahorro para el Retiro es necesario que tu cuenta de Afore esté debidamente registrada. El registro es un trámite que tienes que hacer para que comiences a recibir estados de cuenta y tengas control sobre tu ahorro. Si quieres saber cuál es la Afore que actualmente administra tu dinero, consúltalo aquí.

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Resultados del SAR: 20 años de crecimiento

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Hace 20 años comenzaba un nuevo sistema de pensiones. El incremento de la esperanza de vida y la baja de natalidad comenzaron a voltear la pirámide poblacional del país, al punto de vulnerabilizar la sustentabilidad del sistema de pensiones previo a 1995. Seguir leyendo Resultados del SAR: 20 años de crecimiento

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Bono ISSSTE, beneficios para tu retiro

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Desde el primero de abril del 2007, existen dos formas en las que el ISSSTE puede administrar tu ahorro para el retiro:

– Por el Régimen del artículo Décimo Transitorio, si es que decidiste conservar los derechos de la Ley anterior y pensionarte bajo este esquema, o

– Por el Régimen Ordinario o Cuentas Individuales, si es que comenzaste a cotizar antes de abril de 1997 y elegiste este sistema.  Seguir leyendo Bono ISSSTE, beneficios para tu retiro

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Todo lo que debes saber sobre la pensión por cesantía o vejez

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Pensión por Cesantía

Si ya cumpliste 60 años, puedes solicitar tu pensión por Cesantía en Edad Avanzada. Esta pensión se le otorga al trabajador a partir de los 60 años, y para poder tramitarla necesitas también contar con el periodo mínimo de cotización que prevé la Ley del Seguro Social, que corresponde a 500 semanas para la Ley 73 y 1,250 semanas para la Ley 97. Seguir leyendo Todo lo que debes saber sobre la pensión por cesantía o vejez

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