¿Qué tipos de pensiones existen?
Las Leyes de Seguridad Social contemplan que todos los trabajadores cuenten con prestaciones de para protegerte a ti o a tus familiares.
Ya hemos hablado de la pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, pero existen otro tipo de pensiones que, aunque no tienen que ver con tu edad y no son proporcionadas por tu Afore, creemos que es importante que conozcas.
Aquí te explicamos en qué consiste cada una y los beneficios que se entregarían tanto para trabajadores del IMSS como para trabajadores del ISSSTE.
Pensión por Riesgo de Trabajo
Incapacidad Permanente Parcial
Es la pensión que se otorga cuando las facultades o aptitudes de una persona para realizar su trabajo disminuyen por motivo de una enfermedad o accidente derivado de las actividades realizadas en el trabajo.
- Si cotizas al IMSS, conoce más aquí.
- Si cotizas al ISSSTE, entra aquí.
Incapacidad Permanente Total
Esta pensión la recibiría un trabajador que pierda las facultades para desempeñar su trabajo por alguna enfermedad o accidente derivado de su trabajo. Esto incluye cualquier disminución total de su capacidad física o mental para realizar su trabajo.
- Aquí puedes ver los requisitos que establece el IMSS para tramitarla.
- Y aquí los requisitos del ISSSTE.
Pensiones de Invalidez y Vida
Invalidez
Este tipo de pensión la recibiría el trabajador por un accidente o enfermedad no relacionados al trabajo y que por consecuencia afecta su desempeño en el trabajo. Si es tu caso, aquí puedes saber si puedes recibir una pensión de invalidez:
Pensión por Viudez
Esta pensión se entrega a la viuda-esposa/viudo-esposo o viuda-concubina/viudo-concubino de la persona asegurada en caso de que ocurra su muerte por un riesgo de trabajo, invalidez, retiro o cesantía en edad avanzada. Consulta este trámite:
Orfandad
Cada uno de los hijos menores de edad (menores de 16 años para Ley del IMSS y menores de 18 años para Ley del ISSSTE) del padre o madre asegurados recibirá esta pensión en caso de fallecimiento. En caso de que el hijo o hija se encuentre estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, podrá ser hasta los 25 años, siempre que no sean sujetos del Régimen Obligatorio del Seguro Social. Aquí podrás consultar información más detallada sobre este tipo de pensión:
Ascendencia
Se otorga a cada uno de los padres al fallecer el asegurado o pensionado por incapacidad o por invalidez, retiro, cesantía en edad avanzada cuando no existe esposo/a o concubino/a y tampoco tiene hijos con derecho a recibir la pensión. Consulta aquí más detalles:
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