Lo que necesitas saber para pensionarte por el IMSS

3.71

 

¿Sabes exactamente qué son las pensiones? Aunque probablemente hayas escuchado hablar sobre ellas, tal vez no conoces a profundidad qué son, cómo funcionan y por qué es importante estar informado sobre ellas, ya que pueden beneficiarte a ti como trabajador, así como a tus seres queridos.

Cuando una persona que cotiza a un Instituto de Seguridad Social (IMSS o ISSSTE) como trabajador formal tiene la edad suficiente para retirarse, sufre un accidente, enfermedad o está en medio de una situación que le imposibilite trabajar, e incluso en caso de muerte, una pensión puede hacer una gran diferencia para él o ella y sus seres queridos. Además, una pensión te puede proteger en momentos vulnerables, por lo que es importante que sepas si eres candidato a una y cómo solicitarla.

¿Qué es una pensión?

La pensión es un seguro o prestación económica que una institución o aseguradora vinculada a la seguridad social paga a un trabajador o sus beneficiarios en caso de accidente laboral, enfermedad o cualquier condición que imposibilite al asegurado, así como a personas mayores de 60 a 65 años que cumplen con la edad de retiro y dejan de trabajar. En el IMSS existen estas formas de pensionarse:

  • Riesgo de trabajo: Aquí aplica cualquier riesgo, accidente o enfermedad que hayan sucedido durante el trabajo o realizando una labor relacionada a éste. Para calcular el monto de esta pensión es necesario que se evalúe el grado de incapacidad del trabajador afectado.
  • Invalidez y vida: Esta pensión protege al trabajador y beneficiarios en caso de que la persona no pudiera continuar con las labores que le aseguren un ingreso, así como en caso de que llegara a faltar en vida de sus asegurados, ya sea por accidente o enfermedad.
    • Invalidez: El trabajador recibirá una remuneración superior al 50% de lo que ganó en su último año de trabajo.
    • Vida: Se divide en viudez, orfandad y ascendiente.
      • Viudez: El monto de esta pensión es del 40% de la pensión de incapacidad o del 90% de la pensión de Invalidez, dependiendo del seguro que originó la pensión. Además, se tendrá derecho a recibir aguinaldo de 15 días de la pensión, o bien, 30 días de la pensión, si es bajo el seguro de Invalidez y Vida.
      • Orfandad: Esta pensión se entrega a los hijos mientras sean menores de 16 años y hasta los 25, mientras estudien, o en su caso, que por el instituto se encuentre con el dictamen de invalidez. El monto de esta pensión es del 20% de la pensión de Incapacidad o de la pensión de Invalidez, dependiendo del seguro que originó la pensión.
  • Cesantía en edad avanzada: La elegibilidad para esta pensión depende de la ley bajo la cual esté registrado el trabajador, ya sea la del 73 o la del 97.
    • Ley 73: El trabajador puede pensionarse a partir de los 60 años, siempre y cuando haya cotizado al menos 500 semanas.
    • Ley 97: El trabajador debe tener al menos 60 años y contar con 825 semanas de cotización para el año 2024 (este requisito aumenta en 25 semanas cada año, para más información haz clic aquí).
  • Vejez: Para acceder a esta pensión bajo la Ley 97, es necesario tener 65 años y haber acumulado un mínimo de mil semanas de cotización.
  • Retiro anticipado: En esta modalidad, el trabajador podrá pensionarse antes de cumplir con las edades establecidas, siempre y cuando la pensión que se le calcule sea superior en más de un 30% de la pensión garantizada que le corresponda según las semanas que haya cotizado.
  • Retiro programado: En esta modalidad se puede obtener la pensión al fraccionar el monto total o parte de los recursos de una Cuenta Individual. Aquí se toma en cuenta la esperanza de vida del pensionado así como los rendimientos previsibles de los saldos.
  • Pensión garantizada: Se aplica para los trabajadores que tengan sesenta años o más, hayan cotizado mil o más semanas y no cuenten con los recursos para contratar una Renta Vitalicia o Retiro Programado.
  • Negativa de pensión: Si el trabajador cuenta con sesenta años o más pero no cuenta con el número de semanas cotizadas necesarias podrá retirar su saldo de su Cuenta Individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cumplir con las semanas necesarias.

 ¿Cuáles son los siguientes pasos?

  • Contar con tu Expediente de Identificación: Debes capturarlo en la sucursal y estará listo en 5 días hábiles.
  • Tener una cuenta bancaria certificada: Puedes hacerlo a través de nuestro portal, Alba, o llamando al 55 5809 6555. Este proceso quedará listo en 75 horas hábiles. Solo necesitas tener a la mano tu CLABE interbancaria (no se aceptan cuentas departamentales o exprés).
  • Realizar la captura del retiro por pensión: Esto debe hacerse en la sucursal.
  • Liquidación de recursos: Una vez capturado tu trámite y transcurridos 6 días hábiles, se depositarán tus recursos en tu cuenta bancaria certificada.

En Profuturo nuestro objetivo es apoyarte para que dispongas de mejores soluciones que te garanticen un mejor balance financiero y que cuentes con una mejor pensión para tu retiro, tu futuro y el de las personas que amas. Conoce nuestros productos y servicios que ofrecemos: con nosotros ahorrar es fácil y sin complicaciones. También puedes escribirnos en nuestras redes sociales de Facebook, Instagram, TikTok, X (Twitter) o LinkedIn.

Si aún no eres parte de Profuturo, puedes dejar tus datos aquí para que conozcas nuestros servicios y estés más cerca de construir un mejor futuro para ti y tus seres queridos.

Los recursos en tu Cuenta Individual son tuyos. Infórmate en www.gob.mx/consar

.

Cómo sumar tus semanas si cotizaste al IMSS y al ISSSTE

3.92

 

¿Trabajaste para el sector público y ahora trabajas para el sector privado? Si es tu caso, debes saber que al pasar de cotizar en el IMSS al ISSSTE o viceversa puedes tramitar una Transferencia de derechos.

¿Para qué sirve una Transferencia de derechos?

Los recursos en tu cuenta son tuyos independientemente de tu patrón o de la institución de Seguridad Social. Es por eso que al momento de pensionarte podrás transferir tus derechos para obtener una pensión única.

Como bien sabes, cuando comienzas a trabajar, vas acumulando semanas de cotización a través de una de las dos instituciones de Seguridad Social (IMSS e ISSSTE) hasta alcanzar el mínimo y así obtener una pensión. Al final de tu vida laboral, la institución que deberá otorgarte tu pensión para cubrir tu Retiro por Cesantía y Vejez será aquella con la que cotizaste durante más tiempo.

Antes de realizar este trámite, deberás saber cuántas semanas tienes cotizadas en cada institución, conoce aquí cómo tramitar una constancia de semanas cotizadas.

¿Cómo realizar el trámite de transferencia de derechos?

  1. Acude a la ventanilla de Afiliación y Vigencia de Derechos de la institución en la que hayas cotizado más tiempo (IMSS o ISSSTE) y solicita la portabilidad de los derechos.
  2. La institución te entregará un formato de solicitud de transferencia derecho y deberás llenarla y entregarla para que la valide y registre tu solicitud.
  3. Posteriormente, la institución deberá comprobar la información con su base de datos interna para certificar  los periodos que indicaste en tu formato y procederá a realizar la solicitud de transferencia

En Profuturo nuestro compromiso es que tengas una mejor pensión para tu retiro, acércate a nosotros para que conozcas cómo podemos ayudarte a lograrlo. Síguenos en nuestras redes sociales de Facebook, Twitter o Instagram y mantente informado y asesorado sobre cómo lograr la salud financiera que todos buscamos.

Si todavía no eres parte de Profuturo te invitamos a dejar tus datos aquí para que conozcas nuestros servicios y tomes la mejor decisión para tu futuro.

Los recursos en tu Cuenta Individual son tuyos. Infórmate en www.gob.mx/consar.

.