ISSSTE individual retiro

Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez


Es el derecho al cuál serás acreedor en caso de cumplir con los requisitos del Esquema de Cuenta Individuales del ISSSTE.

Para poder pensionarte deberás de cumplir con cualquiera de estos requisitos:

 

  • Por Cesantía en Edad Avanzada: Debes tener al menos 60 años de edad y haber cotizado durante 25 años.
 
  • Por Vejez: Debes tener 65 años de edad y haber cotizado durante por lo menos 25 años.
 
  • Por Retiro Anticipado: Debes contar con una Pensión Vitalicia superior a más del 30% de la Pensión Mínima Garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia.

 

Bajo este Régimen de pensión existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar:

 

Pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora. Si quieres que tus beneficiarios queden protegidos en caso de tu fallecimiento, deberás adquirir un seguro de sobrevivencia.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude a la Subdelegación del ISSSTE que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
  2. El ISSSTE te entregará el “Documento de Oferta” dónde te indicará cuál es la Aseguradora que te paga más por tu pensión.
  3. Una vez entregada tu Solicitud ante el ISSSTE deberás esperar a la resolución.
  4. Cuando el ISSSTE te entregue la resolución deberás acudir a la Aseguradora para que ésta inicie con el pago de tu pensión.

Pensión que se contrata directamente con la Afore en la que estás registrado. El monto de esta pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta individual, y el pago se extenderá hasta agotar tus recursos. Si quieres que tus beneficiarios queden protegidos en caso de tu fallecimiento, deberás adquirir un seguro de sobrevivencia.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude a la Subdelegación del ISSSTE que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
  2. Tras entregar tu solicitud, será necesario aguardar la resolución por parte del ISSSTE.
  3. Una vez que recibas la resolución, deberás acudir a tu AFORE para que comience con el pago de tu pensión.

Es aquella que el Estado otorga a las personas que cumplan con el requisito de la edad y semanas cotizadas, pero que los recursos no le alcancen para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude a la Subdelegación del ISSSTE que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
  2. Tras entregar tu solicitud, será necesario aguardar la resolución por parte del ISSSTE.
  3. Una vez que recibas la resolución, deberás acudir a tu AFORE para que comience con el pago de tu pensión.

Si no cumples con los requisitos anteriores el ISSSTE te entregará una “Improcedencia de Pensión” esta te permitirá realizar el retiro total de los recursos de tu cuenta individual. De ser así te recomendamos ahorrar estos recursos en tu Afore, esto te permitirá tener tu dinero en un lugar seguro y generando rendimientos.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude a la Subdelegación del ISSSTE que te corresponda y presenta tu Solicitud de Pensión.
  2. Tras entregar tu solicitud, será necesario aguardar la resolución por parte del ISSSTE.
  3. Una vez que recibas la resolución, deberás acudir a tu AFORE para que comience con el pago de tu pensión.

Documentación:

  • Identificación oficial
  • Estado de Cuenta de tu AFORE
  • Estado de cuenta bancario con cuenta CLABE
  • Resolución o Improcedencia de pensión emitida por el IMSS

Recursos que podrás retirar:

 

Retira el saldo completo:

  • SAR 92 - 97
  • FOVISSSTE 92 y 08*

 

*Considerando que no tienes un crédito de vivienda vigente

 
Subcuentas que serán usadas para financiar tu pensión:
  • Retiro
  • Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
  • Cuota social
ISSSTE individual riesgo trabajo

Riesgo de Trabajo


Es el derecho que tiene un trabajador que ha sufrido un accidente o enfermedad durante el ejercicio de sus labores o debido a estas.

Los riesgos laborales pueden dar lugar a las siguientes incapacidades:

 

Es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo. Se otorga una remuneración superior al 50% del sueldo básico del último año inmediato.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude a tu Unidad Médica del ISSSTE para recibir atención médica, allí te proporcionarán el "Certificado Médico Inicial".
  2. Una vez que lo recibas, acude al área de Recursos Humanos de tu lugar de trabajo.
  3. Finalmente, visita tu Oficina de Representación Estatal o Regional del ISSSTE para que te otorguen la Solicitud de Calificación del riesgo de trabajo.

Disminución de las facultades o aptitudes del trabajador para realizar las funciones de su puesto. Se otorga al trabajador que por causa de un accidente o enfermedad laboral tenga una disminución orgánico funcional total superior al 25%.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude a tu Unidad Médica del ISSSTE para recibir atención médica, allí te proporcionarán el "Certificado Médico Inicial".
  2. Una vez que lo recibas, acude al área de Recursos Humanos de tu lugar de trabajo.
  3. Finalmente, visita tu Oficina de Representación Estatal o Regional del ISSSTE para que te otorguen la Solicitud de Calificación del riesgo de trabajo.

Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida. Se otorga al trabajador que por causa de un accidente o enfermedad laboral tenga una disminución orgánico funcional total del 100%, o inferior a este si le impide ejercer su profesión.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude a tu Unidad Médica del ISSSTE para recibir atención médica, allí te proporcionarán el "Certificado Médico Inicial".
  2. Una vez que lo recibas, acude al área de Recursos Humanos de tu lugar de trabajo.
  3. Finalmente, visita tu Oficina de Representación Estatal o Regional del ISSSTE para que te otorguen la Solicitud de Calificación del riesgo de trabajo.

Es el fallecimiento del trabajador debido a una enfermedad o accidente laboral. En este caso el beneficiario legal será el acreedor de la pensión correspondiente.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude a la Subdelegación del ISSSTE que le correspondía al trabajador.
  2. El ISSSTE te entregará la resolución de pensión y te indicará cuál es la Aseguradora que se encargará de administrar tu pensión.
  3. Posteriormente, dirígete a dicha Aseguradora para iniciar el proceso de pago de tu pensión.
  4. Además, deberás acudir a la Afore donde el trabajador estaba registrado para retirar los recursos correspondientes.

Documentación:

Trabajador:

  • Identificación oficial vigente
  • Último estado de cuenta de Afore
  • Credencial o documento que indique tu número de Seguridad Social del IMSS
  • Dictamen de clasificación de Riesgo de Trabajo emitido por Medicina del Trabajo
  • Certificado Médico Inicial formato RT-02 y RT-03

Beneficiario:

  • Identificación oficial vigente
  • Documento que acredite relación de parentesco con el fallecido (Acta de nacimiento o matrimonio)
ISSSTE individual invalidez

Invalidez y Vida


Pensión que se otorga cuando la persona asegurada se encuentra incapacitada o fallece derivado de una enfermedad o accidente no laboral.

Este tipo de derecho da lugar a las siguientes pensiones:

 

Pensión que se otorga por un accidente o enfermedad no laboral donde existe la inhabilitación del trabajador, pero es posible su recuperación. El pago será igual al 35% del promedio del Sueldo Básico disfrutado en el último año.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude al área de Pensiones de la Subdelegación de Prestaciones adscrita a la Delegación Estatal o Regional más cercana a tu domicilio.
  2. Solicita la Pensión por invalidez temporal.
  3. El ISSSTE te entregará la Concesión de pensión para recibir el pago correspondiente.

Pensión que se otorga por un accidente o una enfermedad no laboral y se determine que la invalidez sea permanente. Comienza a partir del día siguiente del término de la Pensión Temporal y estará vigente hasta que el pensionado cumpla 65 años y 25 años de cotización.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude al área de Pensiones de la Subdelegación de Prestaciones adscrita a la Delegación Estatal o Regional más cercana a tu domicilio.
  2. Solicita la Pensión por invalidez definitiva.
  3. El ISSSTE te entregará la Concesión de pensión para recibir el pago correspondiente.

Es la pensión que se otorga a los beneficiarios legales del trabajador fallecido.

¿Qué pasos debes seguir?
 
  1. Acude al área de Pensiones de la Subdelegación de Prestaciones adscrita a la Delegación Estatal o Regional más cercana a tu domicilio.
  2. Solicita la Pensión por Viudez, Orfandad o Ascendencia.
  3. El ISSSTE te entregará la Concesión de pensión para recibir el pago correspondiente.

Requisitos:

  • Para que se declare la invalidez, el trabajador debe estar activo o dentro del período de conservación de derechos.
  • Si el porcentaje de invalidez que determine el ISSSTE es menor al 75%, es necesario que hayas contribuido con al menos 5 años laborando.
  • Si el porcentaje de invalidez que determine el ISSSTE es mayor al 75%, es necesario que hayas contribuido al menos 3 años laborando.

Documentación:

Trabajador:

  • Identificación oficial vigente
  • Último estado de cuenta de Afore
  • Credencial o documento que indique tu número de afiliación al ISSSTE
  • Dictamen de invalidez

Beneficiario:

  • Identificación oficial vigente
  • Documento que acredite relación de parentesco con el fallecido (Acta de nacimiento o matrimonio)
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